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Ahora es obligatorio que todos los partidos oficiales de la selección uruguaya de fútbol y básquetbol sean emitidos al menos por un canal de televisión abierta

FUTBOL URUGUAYO TELEVISADO. Desde Paysandú, Santiago Balbis para Diario Uruguay. La Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad modificar la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, estableciendo como obligatorio que todos los partidos oficiales de la selección uruguaya de fútbol y de la de básquetbol sean emitidos al menos por un canal de televisión abierta.

Rápidamente la AUF salió al cruce a través de una carta enviada a la citada comisión por parte del presidente Wilmar Valdez, en la que pidió un ámbito de diálogo teniendo en cuenta que de aprobarse la decisión habrá serios perjuicios para el fútbol uruguayo.

Con los cambios establecidos en la ley actual, la transmisión de un partido podrá ser negociada por canales privados y, en caso de que no haya acuerdo, Televisión Nacional deberá transmitirlo para todo el país.

“Interpretación restrictiva”
El diputado Walter Verri, integrante de la comisión, explicó que “lo que hay es un proyecto del diputado Varela de modificar el artículo 39 en virtud de que la Ursec (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones) hizo una interpretación muy restrictiva del espíritu de la ley aprobada en 2015, que era que los partidos en los que jugara Uruguay fueran emitidos por televisión abierta”.

Y se explayó: “La Ursec interpretó a favor de quienes tienen los derechos de manera muy caprichosa, tomando las palabras clasificatoria y definitoria como instancias finales. Considera que clasificatorios son los últimos dos partidos, porque se clasificaba en estos compromisos y no en toda la eliminatoria, como lo es para nosotros”.

¿Qué dice la ley?
El artículo 39 de la Ley, que se pretende modificar, indica que “en caso de emitirse por televisión eventos que involucren actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos, deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo. Para estos eventos quedará limitado el ejercicio de derechos exclusivos en aquellas localidades del territorio nacional donde no se cumpla esta condición. En estos casos, y cuando no exista ningún otro prestador interesado en la emisión, el Sistema Público de Radio y Televisión Nacional deberá hacerse cargo de garantizar el derecho establecido en el artículo precedente, siempre que sea técnicamente posible y en la modalidad de retransmisión”.

No fue, pero mandó carta
Según explicó Verri, “la AUF pidió dos veces ser recibida” por la comisión. “Quedaron de ir el miércoles Valdez y Balbi (presidente y secretario general de la AUF) y no fueron, y se terminó aprobando por unanimidad el cambio, que será votado en la primera sesión de noviembre”.

El diputado agregó que “no dejamos de reconocer que, más allá del deseo que se vote, es un tema complicado”.
El presidente de la AUF envió una carta a la comisión, en la que aspira a “abrir una instancia de diálogo” con la comisión, así como señala claramente que “la AUF y sus clubes afiliados son los propietarios primogenios de todos los derechos que emanan de las competiciones”.

Esos derechos “incluyen las transmisiones televisivas de los partidos oficiales y amistosos” de las selecciones en los “torneos internacionales e instancias clasificatorias, como lo son las eliminatorias” a los Mundiales. Además, deja constancia que “la AUF como propietaria de los derechos de televisación de diversos eventos” y, por lo tanto, “su comercialización constituye la fuente de recursos más importante que registra la AUF y que permite su funcionamiento y el cumplimiento de sus fines”.

Para la Asociación, si se cambia la ley se vulnerarán “los derechos (…) afectando nuestro interés directo, personal y legítimo”. Y, subraya, que “es altamente improbable que la AUF pueda subsistir económicamente si su principal producto pierde su característica fundamental por imperio de una disposición legal”, así como que “el perjuicio es aun mayor pues no solo la AUF se verá afectada sino también los clubes que la integran y por ende todos los demás involucrados en la actividad deportiva profesional y su desarrollo”.