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La OFI

Conozca todas las Resoluciones que se tomaron en el 71° Congreso de la OFI, con sede en la ciudad de Rivera

LA OFI AL DÍA. Desde Rivera Eduardo Mérica y Ariel Giorgi para Diario Uruguay.

Desde la sede de la Organización del Fútbol del Interior, por intermedio de su
Consejo Ejecutivo y con fecha: setiembre 26 de 2017, nos hicieron llegar la CIRCULAR Nº 2 3 4 7, referente a todas las RESOLUCIONES que fueron tomadas por el Plenario del 71º CONGRESO ORDINARIO DE LA OFI. El mismo establece:

Para su conocimiento y difusión entre las autoridades de las entidades afiliadas,
cumplo en dar cuenta resumida de las RESOLUCIONES adoptadas por el 71º Congreso Ordinario de la Organización del Fútbol del Interior, celebrado en Rivera el día Sábado 16 de setiembre de 2017.


1. MEMORIA ANUAL – Fue aprobada la Memoria Anual del Ejercicio 2016/2017.

2. BALANCE – Se aprobó el Balance del Ejercicio 2016/2017. Se resolvió asimismo reconocer el trabajo del Consejo Fiscal.
Se recomienda que cesen donaciones a Instituciones por festejos, recomendándose crear un fondo solidario para mejoramiento de instalaciones puntuales.
Se recomienda que se presenten balances de fondos de terceros (Consejos Técnicos, etc.).

3. AJUSTE AL PRESUPUESTO – Se aprobó la propuesta presentada por el Consejo Ejecutivo.

4. REFORMAS ESTATUTARIAS – Se aprobó:
a) Modificación al art. 25º literal e) que queda redactado: “Designar para integrar el Consejo Ejecutivo 1 (un) consejero Titular y 2 (dos) Suplentes, cuando corresponda”.

b) Modificación art. 38º primer párrafo, que queda redactado:
“El Consejo Ejecutivo estará compuesto por nueve miembros neutrales, siendo necesariamente por lo menos dos de estos miembros mujeres, electos en el Congreso elector y un miembro neutral designado por cada Confederación, cuya composición, funcionamiento y fines serán los que establecen en el Estatuto y el presente Reglamento.” continuando la redacción como estaba.

5. REFORMAS REGLAMENTARIAS – Se aprobaron:
a) Arts. 1 y 2 del Capitulo IV del Ejecutivo – El Ejecutivo deberá realizar los ajustes necesarios para adecuar dichos artículos a la reforma estatutaria aprobada.

b) Arts. 5 y 6 Código de Penas – Incorpar nuevo inciso, con la siguiente redacción:
“CONCURSO DE INFRACCIONES: Cuando por la comisión de una o más infracciones una persona hubiese incurrido en faltas para las que se prevén sanciones diversas, se impondrá la prevista para la infracción más grave, pudiendo incrementarse analizando las circunstancias concurrentes. Tal incremento no podrá superar la mitad del máximo de la cuantía prevista para la infracción de mayor gravedad”.

c) Arts. 2 y 3 Anormalidades en los espectáculos – Se agrega en el art. 2 como inciso 4, en el art.3 inciso 1 como numeral c, en el art.3 inciso 2 como numeral d y en el art.3 inciso 3 como numeral c el siguiente texto:
“El o los Club/es o Selección/es responsable de los hechos podrán, a criterio del tribunal, ser sancionados con la pérdida de 1 y hasta el 20% de los puntos en disputa en el campeonato o llave del campeonato.”

d) Se aprobó la creación Comisión para estudio plazos para fallos. Estará integrada por tres (3) representantes del Consejo Ejecutivo de la Organización del Fútbol del Interior y un (1) representante designado por cada Confederación, para que en un plazo de treinta (30) días elabore los cambios que se deban realizar a las reglamentaciones vigentes en la materia, a los plazos para la emisión de los fallos durante la disputa de los torneos.
La Comisión Especial de Reglamentos, será asesorada por un equipo de profesionales en jurisprudencia que serán designados por el Consejo Ejecutivo.
La Comisión Especial de Reglamentos se instalará en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del primer día hábil posterior a la fecha del Congreso Ordinario Anual de Rivera.
El producido aprobado por la Comisión, será elevado a un Congreso Extraordinario en un plazo de diez (10) días hábiles, después de finalizado el plazo de sesenta días que tiene la Comisión Especial para aprobar las redacciones de los textos que impliquen la adecuación de las reglamentaciones.

e) Circular 2311 del Consejo Ejecutivo – Se deja sin efectos.

f) Torneos OFI. Definición Finales – Se modifica quedando redactado:
“C) Finales: mejor puntaje, alargue y penales.”

g) Torneos OFI. Agregar artículo sobre tiempo de juego por categoría con la siguiente redacción:
“Para el Fútbol Masculino, los partidos serán de dos tiempos de 45 minutos cada uno, en todas las categorías (desde Sub 14 hasta Mayores).
Para el Fútbol Femenino, los partidos de formativas (Sub 14 a Sub 17) serán de dos tiempos de 40 minutos cada uno, y las demás categorías de dos tiempos de 45 minutos cada uno.”

h) Torneos OFI . Complementos (picos de partidos) – Se modifica art. 1 y 3:
Art.1) se agrega al final: “excepto el que hubiera sido previamente sustituido o expulsado.”

Art.3) Se elimina la frase final “Los jugadores que hubieran recibido tarjeta roja en el partido suspendido …”
i) Consejo Técnico Árbitros – Se aprueba que el Consejo Ejecutivo deberá adecuar la reglamentación del Consejo Técnico Árbitros según la recomendación FIFA y establecer que los miembros técnicos podrán ser reelectos por una única vez.

j) Consejo Técnico Árbitros – Se agrega lit. m) Art. 9ª con la siguiente redacción:
“m) Recibir y dar trámite urgente a planteos que puedan realizar alguna de las Ligas afiliadas en relación a las designaciones de ternas o cuaternas arbitrales para determinados encuentros. Tendrá que ser presentado con una fundamentación –con la mayor claridad de los motivos argumentados, a los efectos de su pronto
estudio y rápida resolución por parte del Consejo Técnico. La respuesta se deberá evacuar inmediatamente y comunicar a la mayor brevedad posible a la Liga gestora. A esos efectos se proveerá una vía de comunicación –tanto del Consejo Técnico como de la Liga en cuestión- mediante el que se podrá remitir la resolución en
forma escrita y refrendada por las autoridades actuantes.”

k) Consejo Técnico Árbitros – Se modifica categorías Segunda y Tercera de Árbitros
SEGUNDA CATEGORIA. Dónde dice “la diferencia a la Categoría precedente es la parte física”, se cambia por: “La diferencia a la precedente categoría es la calificación de sus actuaciones en los distintos campeonatos”.
TERCERA CATEGORIA. Se modifica la primera parte del texto, con la siguiente redacción:
“Estará integrada por aquellos árbitros que ingresan por primera vez a las listas de la Organización, como tambíen aquellos árbitros, que sus calificaciones en sus actuaciones aún no alcanza para ingresar a las Categoría Primera o Segunda.

l) Fondo de Selección – Se modifican numerales 1 y 2, que quedan redactados:
1)En torneos nacionales de selecciones (…) se abonará 0,40 BPC por partido de locatario.
2)En torneos nacionales de clubes (.) se abonará 0,40 BPC por partido de locatario y 1 (una) BPC por derecho de inscripción.

6. VARIOS – Se aprobó:
a) Copa Nacional de Selecciones 2018 – Se dispone la disputa en categoría sub 17 con la salvedad de que se habilite la inscripción dentro de la LISTA DE BUENA FE de un máximo de quince (15) futbolistas “generación año 2000” (nacidos a partir del día 1º de Enero del año 2000), pudiendo incluirse dentro del formulario de cada partido un máximo de cinco (5) futbolistas de dicha generación.

7. FIRMA ACTAS – Se designó a los delegados de Rivera Capital, Lavalleja Interior y Florida Capital para firmar el acta.